Especialistas en Instalación de Barrales Antipánico - Código de Edificación Ley 6100/ 18 y Ley 5920 CABA

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Nuestros Servicios

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Barral Antipánico Simple

Ajuste o reemplazo de frenos, herrajes y cerraduras. Calibración de cierre para puertas caídas, que no cierran o que golpean.

barral

Cierrapuertas hidráulico aéreo

Instalación y mantenimiento de barras antipánico. Instalación según normas AGC CABA.

portón

Portones automáticos

Portones Automáticos de consorcios y garages. Mantenimiento e instalación. Automatismos, controles remotos.

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Cierrapuertas Aéreos y Frenos de Piso

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Cerrajería de Alta Seguridad

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sv. asesoría

Cumplimiento de Normativa CABA

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Barrales Antipánico

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1a

Barral antipánico de empuje/ push

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2a

Barral antipánico de toque

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3a

Barral con cierre vertical en dos puntos, en hoja simple o doble

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6a

Barral antipánico para Blindex

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4a

Cierrapuertas aéreo

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5a

Acceso exterior con o sin llave

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Nuestras instalaciones de barrales antipánico están diseñadas para superar las auditorías de la Agencia Gubernamental de Control ( AGC), la Dirección General de Defensa Civil y Cuerpo de Bomberos de la Ciudad.

Garantizamos que cada equipo y montaje cumple estrictamente con el marco legal vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

  • Código de Edificación ( Ley 6100/18): Respetamos los anchos de paso, sentidos de apertura y alturas reglamentarias para medios de salida.
  • Ley 5920 ( Sistema de Autoprotección): Instalamos dispositivos que aseguran la evacuación inmediata, requisito indispensable para la aprobación de Planes de Evacuación y simulacros.

Normativa y Calidad Utilizamos exclusivamente barrales certificados bajo normas de calidad IRAM 3687/ IRAM 11501( o estándares internacionales equivalentes EN 1125) y Certificación INTI.

Apto para declaración en AGC: Entregamos la documentación técnica del producto necesaria para que su profesional matriculado ( Ingeniero, Arquitecto o Lic. en H y S) realice las inscripciones requeridas ante  el Registro de Instalaciones de la Agencia Gubernamental de Control AGC ( declaración de Instalaciones Fijas contra Incendios IFCI Ley 2231 y cumplimiento de Seguridad e higiene en el trabajo Ley 19.587).

Apto para superar verificación técnica del Cuerpo de Bomberos de CABA: instalamos barrales ignífugos bajo normas IRAM 11501 ( o estándares internacionales equivalentes EN 1125) con certificación INTI.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la fiscalización de las barras antipánico recae en un esquema de control compartido entre tres autoridades principales, cada una con un rol específico:

  1. Agencia Gubernamental de Control (AGC) 

Es la autoridad máxima de policía administrativa. Su función es puramente inspectiva y de sanción.

  • Dirección General de Fiscalización y Control (DGFyC): Realiza inspecciones periódicas o por denuncias en locales comerciales para verificar que los medios de salida ( incluyendo los barrales) no estén obstruidos y funcionen correctamente según lo declarado en la habilitación.
  • Dirección General de Habilitaciones y Permisos: Exige la certificación técnica de los medios de salida al momento de otorgar la habilitación del local. Verifica que se dé cumplimiento a lo establecido en el Código de Edificación ( Ley 6100/18) y en la Ley 19.587 de Seguridad e Higiene en el trabajo.
  1. Dirección General de Defensa Civil

Es la autoridad de aplicación de la Ley N° 5.920 (Sistema de Autoprotección). 

  • Su rol es fiscalizar que los establecimientos con afluencia de público tengan un Plan de Autoprotección vigente.
  • Dentro de este plan, un profesional matriculado debe certificar que los barrales antipánico son aptos para una evacuación segura. Si el plan no está aprobado o el profesional no certifica los medios de salida, Defensa Civil puede intimar al establecimiento. 
  1. Cuerpo de Bomberos de la Ciudad

Intervienen principalmente como asesores técnicos y en inspecciones de alta complejidad.

  • Oficina de Inspección: Basándose en el Código de Edificación ( Art. 6.3.1.4), el personal de Bomberos puede realizar inspecciones técnicas para verificar condiciones antisiniestrales.
  • Su enfoque está en la seguridad humana: comprueban que el barral permita la apertura hacia el exterior con un solo movimiento y que sea ignífugo cuando corresponda.

Garantía:

Todas nuestras instalaciones cuentan con garantía de funcionamiento mecánico por 12 meses. Los materiales utilizados poseen garantía de fábrica y certificación de origen según Norma IRAM 3687/ IRAM 11501 ( o estándares internacionales equivalentes EN 1125) y Certificación INTI, asegurando su resistencia y fiabilidad en condiciones de emergencia. Todos los certificados de fábrica son entregados al cliente bajo firma de recepción.

Alcance:

Nuestro servicio se limita a la provisión e instalación de barrales antipánico, cerraduras y herrajes. Queda expresamente excluido de nuestro alcance cualquier inscripción administrativa ante la Agencia Gubernamental de Control AGC, Dirección General de Defensa Civil DGDCIV y todo otro organismo de verificación y control. Éstas son de competencia y responsabilidad del titular del establecimiento y/o del responsable legal a través de sus profesionales matriculados.Tampoco prestamos asesoramiento en materia legal ni de Higiene y Seguridad.

Sustainability

Committed To Keep People Healthy & Safe

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